El proyecto de ley también alude al destino de los bienes ilícitos incautados una vez que exista una sentencia definitiva sobre el juicio de extinción de dominio.

En tal sentido, la norma establece que, una vez resuelto lo relativo a derechos preferentes, descontados los gastos de administración o el saldo de deudas, así como incinerados o destruidos aquellos bienes perjudiciales a la sociedad, se procederá la distribución de lo restante a favor del Estado dominicano.

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