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Lo que trae la nueva ley de Contrataciones Públicas
Por Redacción -
miércoles 30 julio, 2025 - 05:08 PM
Una entidad pública no podrá abrir concurso o licitación si antes acudir a la tienda virtual, en la que estarán prestos a ser llamados los suplidores previamente calificados y depurados.
El licenciado Daniel Alburquerque Cedeño, Coordinador de Investigaciones y Reclamos de la Dirección de Contrataciones Públicas, explicó que con la nueva Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, se agilizarán los tiempos para que las entidades del Estado puedan suplirse de bienes y servicios con apego a las normas de transparencia y equidad.
Alburquerque Cedeño explicó que una de las novedades de la nueva ley será la creación de una tienda virtual de Contrataciones Públicas, que permitirá agilizar las compras de bienes comunes “estandarizados”. Dijo que será una tienda virtual tipo “Amazon”, lo que acortará los procedimientos sin dejar de cumplir con las ordenanzas de la ley, pues habrá suplidores previamente depurados y aprobados que podrán vender en línea. Una entidad pública no podrá abrir concurso o licitación si antes acudir a la tienda virtual.
A participar en el programa A Partir de Ahora, de Acento TV, que dirige Gustavo Olivo Peña, Alburquerque Cedeño explicó que cuando un aspirante a suplidor o suplidor reconocido alega que el competidor le ganó una licitación de manera irregular, se agota una fase de instrucción, de agota una investigación, y la Dirección de Contrataciones Públicas toma una decisión, con todas las garantías de derecho.
Otros puntos tratados por Daniel Alburquerque Cedeño:
-Los alcances y novedades de la nueva ley.
-Cuando actúa la Dirección de Contrataciones y cuando el Ministerio Público.
-Sanciones, inhabilitación, multas, prisión
El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel ha explicado:
La nueva Ley 47-25, promulgada por el Jefe del Poder Ejecutivo, presidente Luis Abinader, estarán en plena vigencia a partir del año 2026.
Convenios Marco en la nueva Ley de Contrataciones Públicas: 1/ La Ley 47-25 introduce herramientas modernas para transformar la contratación pública en la República Dominicana. Una de las más relevantes: el convenio marco. ¿Qué es? ¿Cómo funciona? ¿Por qué importa?
Un convenio marco es un acuerdo entre la administración pública y uno o varios proveedores, que establece condiciones generales (precios, calidad, entrega) para futuras adquisiciones.
Carlos Pimentel Florenzán.
No obliga a comprar de inmediato, pero agiliza las contrataciones al evitar repetir procesos cada vez. Es ideal para bienes y servicios de uso común (papelería, mobiliario, equipos, seguros, etc.).
La Ley 47-25 formaliza su uso como una modalidad especial de contratación pública y asigna a la DGCP la creación y gestión de una línea de convenios marco, mediante catálogos preaprobados.
Beneficios:
1-Reducción de costos y tiempos 2- Mayor estandarización 3- Más transparencia 4- Facilita compras a MIPYMES 5- Optimiza la planificación
La DGCP asume el rol estratégico de estructurar los catálogos, seleccionar proveedores por categoría y garantizar condiciones equitativas para todas las instituciones usuarias.
¿Funciona en otros países? Sí: Chile (ChileCompra): pionero digital en convenios marco. Colombia (Compra Eficiente): trazabilidad y eficiencia. España y México: centrales de compras consolidadas
Estas experiencias demuestran que los convenios marco: Mejoran la eficiencia. Reducen la discrecionalidad. Fortalecen la trazabilidad y el control del gasto público.
La implementación de convenios marco exige: Tecnología adecuada. Capacitación institucional. Supervisión activa de cumplimiento. Condiciones inclusivas y competitivas.
Los convenios marco son una palanca para lograr compras públicas más ágiles, eficientes y alineadas con el interés general. La Ley 47-25 marca un nuevo estándar para el Estado dominicano.
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